Será el 14 de diciembre. Ingrese a ver el listado de expedientes a destruir.
Mercedes,10 de noviembre de 2023.
Al Sr. Presidente del
Colegio de Abogados
de la Provincia de Buenos Aires
Dr. Bienvenido Rodríguez Basalo
S/D.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de Secretaria del Programa de Relevamiento, Organización y Destrucción de Expedientes, cumpliendo funciones con el Programa de Relevamiento,
Organización y Destrucción de Expedientes del Departamento Judicial de Mercedes, sito en la calle 24 Nº473 de Mercedes (B) TE: 02324-421321, a fin de poner en su conocimiento que el día 14 de diciembre de 2023, a las 08:00 horas se procederá a efectuar la destrucción autorizada por Resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires N°2842/2023 del 3 de noviembre de 2023 de un total de 4459 expedientes, de los cuales 1071 expedientes en 72 legajos corresponden al Juzgado en lo Civil y Comercial N°4 de Mercedes; 1754 expedientes en 146 legajos corresponden al Juzgado en lo
Civil y Comercial N°7 de Mercedes y 1634 expedientes en 141 legajos corresponden al Juzgado en lo Civil y Comercial N°9 de Mercedes. Los expedientes a destruirse pertenecen al periodo entre los años 1954 a 2011 inclusive, los que fueron analizados por el Programa de Relevamiento, Organización y Destrucción de Expedientes (PRODE) del Departamento Judicial de Mercedes.
Dicho material ya ha sido revisado y selecciones por el Departamento Histórico judicial.
Si el Colegio de Abogados que Ud. dignamente preside tuviera interés en la conservación de alguno de los expedientes separados para la destrucción, deberá solicitarlo por escrito fundado, ante esta Jefatura, pudiendo ejercer este derecho según lo establece el artículo 120 del Acuerdo 3397/08, dentro de los veinte (20) días corridos desde la publicación del edicto o desde la recepción del presente oficio -según fuere el caso- a que se refiere el artículo 119 del Acuerdo 3397/08.
Igualmente podrá solicitar desgloses, ser designado depositario voluntario del expediente en los términos del artículo 2188 y siguientes del Código Civil y o la revocación de la autorización de destrucción, cuando se verifique un supuesto de conservación prolongada regido por el artículo 116 del Acuerdo 3397/08.
Remito en archivo adjunto la nómina de expedientes a destruir.
Saludo a Ud. muy atentamente