Será el 31 de marzo
Se informa a los señores colegiados que el 31 de marzo de 2012 vence la primera cuota del año 2012. Se solicita el pago a efectos de evitar la aplicación de intereses.
Se recuerda que la falta de pago de una anualidad puede generar la suspensión en la matrícula, y la falta de pago de dos anualidades genera la exclusión automática de la matrícula. El Consejo Directivo, en cumplimiento de lo ordenado por el art. 53 de la ley 5177 ha procedido a excluir a abogados con deudas mayores a dos años, por lo que se solicita a los que estén en situaciones similares (especialmente los que adeuden todo o parte de la cuota 2009 y 2010) regularicen prontamente la deuda.