REUNIONES Instituto de Derecho Previsional
Días de reunión: Primer jueves de cada mes a las 14:00
ID de reunión: 828 8586 0609
Código de acceso: 982264

Estimados colegas:
En mi carácter de Directora del Instituto de Derecho Previsional del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes, juntamente con la Dra. Sabrina Mosca, secretaria de este Instituto, les doy la bienvenida a este espacio de reunión, aprendizaje y crecimiento profesional, dedicado al Derecho Previsional.
Nuestro objetivo es generar un ámbito de estudio y capacitación sobre las normativas, doctrina, jurisprudencia, practica profesional, vinculadas a esta rama del derecho, promoviendo el intercambio de conocimientos, perfeccionamiento jurídico, tendientes a proteger los derechos previsionales de las personas en edad laboralmente activa y de los jubilados.
Las reuniones se harán los días jueves primero de mes, a las 14 horas, en forma mixta, es decir presencial y virtual; la primera se hará el día 3 de abril en forma virtual a través de la plataforma zoom:
ID de reunión: 828 8586 0609
Código de acceso: 982264
El Orden del Día será el siguiente:
Ley jubilatoria y moratoria previsional.
Derecho previsional trata sobre las contingencias de vejez, invalidez y muerte.
La ley vigente 24241 sancionada en 23/9/23 establece el sistema integrado de jubilaciones y pensiones SIPA, que cubre las contingencias nombradas. Esta compuesta por dos regímenes, uno publico basado en la solidaridad, y un sistema privado, basado en la capitalización individual.
Con la sanción de la ley 26425 el 4/11/2008 se unifico quedando el SIPA, pasando a ser financiado por el sistema solidario, garantizando el Estado el pago de los beneficios de ambos sistemas, reparto y capitalización.
Acceso al beneficio de jubilación, hasta el momento, un gran porcentaje de beneficios jubilatorios se otorgaron en base a moratorias, que en su mayoría eran descontadas del beneficio mensualmente.
Hasta el día 23/3/25 estuvo vigente la ley 27705 por la que se adquirían UCAP para acceder a la jubilación. Actualmente solo pueden adquirir UCAP las mujeres menores de 60 años y los hombres menores de 65.
Existe un proyecto de reforma de la ley jubilatoria, en la que el gobierno esta estudiando la posibilidad de generar sustentabilidad, posible beneficio dinerario a los que se jubilaron sin moratorias, suba de la edad jubilatoria (75 unificar h y mujer), y se busca reformar la ley laboral para ampliar la formalidad y que haya mas aportantes al sistema solidario. Aunque también se habla de establecer nuevamente las AFJP.
Dra. María Silvia Forti
Directora
Instituto de Derecho Previsional
Dirección
Por videoconferencia en directo, vía Zoom Area Académica
28, 661
Mercedes, Buenos Aires
Argentina
Días de reunión
1er jueves de cada mes
Horario: 14