Es en el caso Pergamino
Como se viene informando en forma permanente, el Consejo Directivo se encuentra en actividad permanente en torno a la problemática planteada por la apetencia de Pergamino de no solo trastocar la competencia en lo laboral derivada de la ley 14235, sino lo que es más grave con la pretensión de sacar a Salto y San Antonio de Areco del Departamento Judicial de Mercedes, y otras dos ciudades del Departamento Judicial de San Nicolás.
Frente a ello y luego de la reunión mantenida por el señor Presidente Dr. Horacio Alberto Vero con el Ministro de Justicia, Dr. Ricardo Casal, el propio Dr. Vero y el resto de los Consejeros hicieron entrega, en forma personal a legisladores, intendentes, miembros del Poder Judicial, etc, carpetas conteniendo los antecedentes del caso y resoluciones adoptadas.
También el Dr. Vero llevó el tema al más alto órgano provincial de la abogacía, el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires. Durante los días 23 y 24 de febrero esta temática fue tratada y debatida a fondo en la reunión que el Consejo Superior mantuvo en la ciudad de Necochea. En esa reunión el Dr. Vero requirió que el Consejo Superior ratificara su postura en relación al tema y comunicase a las autoridades pertinentes la resolución vigente en el tema, tomada por unanimidad por el Consejo Superior en San Pedro en el año 2008, que indica al referirse al Fuero Laboral que:
• Resultaría aconsejable que la competencia de los Tribunales del Trabajo no alcance a jurisdicciones ajenas al Departamento Judicial al que pertenecen, para de ese modo evitar la dualidad que se produce cuando un justiciable de una determinada localidad tiene que litigar en un Departamento distinto para las causas laborales, que para las de los demás fueros.
Luego de un extenso debate y pese a la oposición de Pergamino, por amplísima mayoría el Consejo Superior resolvió hacer lugar al pedido del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes, y por ende ratificar aquella resolución, remitiendo comunicación a las autoridades pertinentes.
En base a dicha decisión se están remitiendo las notas que dicen:
«La Plata, 1 de marzo de 2012
Señor Presidente del Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires, Sen. D. GABRIEL MARIOTTO
S / D
De nuestra mayor consideración:
En nombre del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, tenemos el agrado de dirigirnos al Sr. Presidente, ante la proximidad del vencimiento de la suspensión que oportunamente se estableciera acerca de los efectos de la ley 14.235 en relación con el Departamento Judicial de Pergamino, a fin de poner en su conocimiento que el Consejo Superior de la institución colegial, en la sesión celebrada en Necochea el día 24 de febrero último, ratificó la resolución elaborada durante la Jornada de Reflexión que tuvo lugar en San Pedro (Octubre de 2008), cuyo texto se transcribe a renglón seguido:
“Resultaría aconsejable que la competencia de los Tribunales del Trabajo no alcance a jurisdicciones ajenas al Departamento Judicial al que pertenecen, para de ese modo evitar la dualidad que se produce cuando un justiciable de una determinada localidad tiene que litigar en un Departamento distinto para las causas laborales, que para las de los demás fueros”.
A la espera de que esta opinión sea tomada en cuenta al adoptarse la decisión final en el tema de referencia, aprovechamos la circunstancia para saludar al Sr. Presidente con nuestra consideración más distinguida.
Fdo: Salas – Augé.»
Notas de igual tenor se están remitiendo al Señor Presidente de la Excelentísima Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, Doctor JULIO EDUARDO PETTIGIANI, a la Señora Procuradora General de la Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Doctora MARIA DEL CARMEN FALBO, al Señor Ministro de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Doctor Ricardo B. CASAL, y al Señor Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires Dip. D. HORACIO RAMIRO GONZÁLEZ.