COLEGIO DE ABOGADOS DEL DEPARTAMENTO
JUDICIAL DE MERCEDES
Calle 24 n° 705 – 2° Piso – Mercedes (B)
Tel. 02324-426700 – secretaria.admin.bafundo@camercedes.org.ar

XXXI  SALON DE PINTURA
COLEGIO DE ABOGADOS DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE MERCEDES

El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes (B) organiza un certamen que se regirá por el siguiente REGLAMENTO.

Art. 1°: Podrán participar los artistas plásticos mayores de edad que residan en la Provincia de Buenos Aires.-

Art. 2°: Serán recibidas con destino al salón obras originales comprendidas en la expresión plástica “pintura” que no hayan sido presentadas en otras muestras o salones, cualquiera sea su técnica o procedimiento. Las obras deben tener un máximo de ciento diez (110 cm.) centímetros, medida horizontal, incluido marco, y deben presentarlas preparadas para colgar.

Art. 3°: No serán admitidas las siguientes obras:
·  Las no comprendidas en los Arts. 1° y 2° del presente reglamento.
·  Los cuadros sin marco, excepto cuando éste resultare innecesario.
·  Las de artistas fallecidos.

DE LA RECEPCIÓN
Art. 4°: Las obras destinadas al Salón deberán presentarse en la Secretaria del Colegio, sita en calle 24 N° 705 esq. 29 – 2° piso, de la ciudad de Mercedes (B), de lunes a viernes de 8.30 a 13.00 entre los días LUNES 3  Y VIERNES 7 DE NOVIEMBRE  DE 2014.

Art. 5°: Los participantes podrán enviar hasta dos (2) obras.

Art. 6°: Al entregar sus obras los autores o sus apoderados acreditarán su identidad recibiendo al mismo tiempo una boleta por triplicado, que contendrá los siguientes datos: nombre y apellido, domicilio, localidad, nacionalidad, título de la obra, procedimiento, dimensiones, precio. La boleta de inscripción tiene carácter de declaración jurada. El original de la boleta quedará en poder del Colegio de Abogados, el duplicado será adherido al dorso de la obra y el triplicado quedará en poder de su autor para su devolución.-

DEL JURADO DE SELECCIÓN PARA LA MUESTRA Y SELECCIÓN DE PREMIOS.
Art. 7°: El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes procurará la participación de un jurado especializado integrado por tres (3) miembros, o bien dispondrá su integración con artistas plásticos  de reconocida actuación profesional. Los miembros del Jurado no podrán adquirir por sí o a través de terceros, ninguna de las obras presentadas.

Art. 8°. Será obligación del jurado:
·  Examinar los trabajos presentados.
·  Determinar cuáles de ellos participarán de la muestra pictórica a realizarse posteriormente a la inauguración del salón.
·  Seleccionar las obras que serán premiadas a este Reglamento y especificar cuál premio corresponde a cada una de ellas.

Art. 9°: El jurado podrá otorgar menciones especiales a las obras que considere reúnan méritos suficientes. Las menciones no implican orden de prelación.-

Art. 10°: Todas las resoluciones del jurado serán inapelables.

DE LOS PREMIOS
Art. 11°: PRIMER PREMIO: ADQUISION ($ 6.000.-)
( SEIS MIL PESOS), MEDALLA Y DIPLOMA.
SEGUNDO PREMIO. MEDALLA Y DIPLOMA
TERCER PREMIO: MEDALLA Y DIPLOMA
CUARTO PREMIO: MEDALLA Y DIPLOMA
MENCIONES

Las menciones se otorgan sin orden de prelación.

Art. 12°: Las recompensas son indivisibles y los premios podrán declararse desiertos.

DISPOSICIONES GENERALES.
Art. 13°: La presentación de la obra implica el conocimiento de todas las cláusulas del presente reglamento.-

Art. 14°: El envío de las obras hasta o desde los lugares de origen es por cuenta y riesgo exclusiva de los participantes. El Colegio de Abogados no tomará a su cargo ninguna gestión al respecto, ni reconoce gasto alguno en cuanto a acarreo, fletes y seguro.-

Art. 15°: Las obras no retiradas, luego de cumplidos los sesenta días, tendrán el destino que el Colegio de Abogados determine, perdiendo el dueño el derecho a reclamarla.

Art. 16°: Todo caso no previsto en este reglamento, será resuelto por la Comisión de Extensión Sociocultural del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes con carácter de inapelable.-

Art. 17°: El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes, velará por la buena conservación de las obras, pero no se hará responsable por destrucción, pérdida, extravío o robo.

CALENDARIO DEL SALON DE PINTURA:
Art. 18°: PERIODO DE DIFUSIÓN: OCTUBRE
RECEPCIÓN DE OBRAS SALON DE PINTURA: 3 AL 7 DE NOVIEMBRE DE 2014 DE 8.30 A 13.00
ACTUACION DEL JURADO: SABADO 8 DE NOVIEMBRE DE 2014
INAUGURACION: SABADO 15 DE NOVIEMBRE DE 2014 A LAS 20.00
EXPOSICIÓN: DEL 16 AL 21 DE NOVIEMBRE DE 2014

 


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