Tal lo que edicta el art. 109 del Reglamento de Funcionamiento de los Colegios Departamentales, se pone a disposición de los señores colegiados, el Padrón General y el Padrón Complementario o Adicional, a los efectos que los señores colegiados, en el plazo de 10 días corridos, efectúen las observaciones que estimen corresponder por omisiones o inclusiones indebidas.

PADRON GENERAL ELECTORAL: ir a la pestaña Matriculados, luego a Formularios, y allí abrir Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes.

PADRON COMPLEMENTARIO O ADICIONAL: ir a la pestaña Matriculados, luego a Formularios, y allí abrir Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes.


Fuente: CADJM