Marquesina Sede Central
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Ante innumerables presentaciones de matriculados relacionadas con procesos judiciales (y aún en instancias extra o prejudiciales) en los cuales Defensoría Oficial está interviniendo excediendo el marco de la gratuidad ya sea porque el asistido no es carente de recursos o la materia tiene alto contenido patrimonial -y atento a que pese a los numerosos esfuerzos realizados no se ha encontrado eco en la solución de este problema que aqueja la labor del abogado de libre ejercicio- el Consejo Directivo del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes, en cumplimiento de la manda del art. 19 incs. 4, 9, y 10, y art. 42 incs. 4, 5, y 7, y concordantes de la ley 5177 y en defensa de la incumbencia propia y del trabajo del abogado de libre ejercicio de la profesión, ha resuelto que a partir de este momento se presentará en todo juicio donde considere que la intervención de la Defensoría Oficial no es procedente.

Dicha presentación tendrá como fin constituirse en los términos y por la manda del articulado descripto, y así peticionar a los señores jueces que como directores del proceso y responsables del ingreso de las gabelas cuando ello es pertinente (tasa de justicia, sobretasa de justicia, aportes, Bono Ley 8480, etc), ejerzan su poder y encuadren la cuestión dentro de norma; de otro modo no solo se ven conculcados derechos de los abogados de libre ejercicio, sino también la propia administración de justicia que no ve ingresar tasas que deberían ser abonadas; los empleados judiciales que no ven el reflejo de esas tasas en sus sueldos; la Caja de Previsión que ve birlados sus legítimos ingresos; y los Colegios que no tienen ingresos por Bonos.

Ya se ha requerido a los Juzgados de Familia No 1 y 2 que se evite requerir a Defensoría Oficial en forma automática la intervención en representación de personas que no se presentan con abogado o en asuntos con contenido patrimonial, y que se adopten las medidas previas del caso para comprobar la carencia de recursos de las mismas, atento que intervenciones de ese tipo producen grave agravio a los abogados de libre ejercicio de la profesión.

Se solicita a los matriculados que en miras a realizar las presentaciones del caso hagan saber al Consejo Directivo cualquier indebida participación de la Defensoría Oficial en procesos judiciales (y aún en instancias extra o prejudiciales).


Fuente: CADJM