Durante la vigencia de las medidas de restricción impuestas en la emergencia sanitaria decretada en razón de la pandemia COVID-19, en consonancia con las directivas impuestas por la S.C.B.A., y teniendo en cuenta lo dispuesto por el art. 1º apartado b.1.1. de la Res. 10/2020 y 7 de la Res. 14/2020, las pautas dadas por la Res. 2135/18, la directiva de economización de los medios materiales contenida en la Res. 14/2020 y resoluciones posteriores y complementarias de Alto Tribunal Provincial, como así también el hecho de encontrarse Miembros de ese Tribunal incluidos dentro de las previsiones de la Res. 165/2020, en miras a garantizar la continuidad de los trámites y la obtención de sentencias sin dilaciones, que importa el principio de concentración del art. 60 del Reglamento de Funcionamiento de los Colegios Departamentales, Art. 50 inc. e.- de la ley 5177 -T.O. por Decreto N° 180/87 -modificada por sus similares N° 12.277 y N° 12.548-), el Tribunal de Disciplina de este Colegio continúa su labor habitual, celebrando acuerdos telemáticos por intermedio de la plataforma virtual utilizada por este Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes, despachándose las presentaciones en las distintas causas en trámite, habiéndose dictado, durante el período de aislamiento social preventivo y obligatorio, sentencias en distintas causas y encontrándose a la fecha varios expedientes en trámite de Acuerdo a tal fin.

El Consejo Directivo ha destacado la tarea que lleva adelante en la emergencia sanitaria el Tribunal de Disciplina, bajo la Presidencia del Dr. Juan Rodolfo Martín Ojea Espil, y Secretaría Administrativa del Dr. Jorge Marino.


Fuente: CADJM

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