FACA ha remitido la siguiente carta al Colegio, dando cuenta del logro y los reparos que merecen la recientemente sancionada ley relacionada con el Lavado de Dinero.

Sr. Presidente del Colegio de Abogados
Sres. Delegados
S / D.-

Enviamos en documento adjunto la ley de lavado de dinero recientemente sancionada.

De dicho texto logramos como FACA, que los abogados de todo el país queden excluidos como sujetos obligados a suministrar información a la UIF en los actos profesionales del ejercicio de la abogacía como asesores o defensores, y en general.

Sin perjuicio de ello, evaluaremos nuestra posición institucional respecto del artículo Nº 14 que a las unidades de investigaciones fiscales (cuya naturaleza no es ser un órgano judicial sino dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación) se le atribuye competencia para analizar operaciones sospechadas de los sujetos contemplados en el artículo 20, no pudiendo oponerse secreto alguno, entre los cuales está el profesional. Ello, en principio, no tolera el test de constitucionalidad.

Atentamente.

Horacio Alberto Andreucci
Presidente

Horacio Alberto Vero
Secretario


Fuente: CADJM