Publicidad registral

Novedades en la expedición de trámites ingresados en papel

Informa el RPI que a partir del día 2 de diciembre todos los trámites de publicidad registral confeccionados mediante formularios que contienen un código QR, e ingresados de manera presencial, a través de sede central o en las delegaciones regionales, serán expedidos en formato electrónico y firmados digitalmente.

Se encuentran alcanzados en esta implementación los trámites presenciales, producidos únicamente a través de la sección “Formularios de Publicidad” de la página web institucional e ingresados al organismo mediante un formulario impreso. Al momento de confeccionarlos la página le va a requerir ingresar una dirección de correo electrónico válida donde llegará un link de descarga como respuesta a tu trámite una vez expedido. Ese trámite validez legal conforme a los artículos 286 y 288 del CCCN, Ley Nacional 25506 y Ley Provincial 13366, artículos 43 y 44 de la DTR 1/19.

De todas formas si el profesional necesita el trámite en papel podrá acercarse a la sede central o a cualquier delegación regional, independientemente del lugar donde haya ingresado la solicitud a fin de que se lo impriman.

Se recuerda que puede ingresar la publicidad registral a través de la «Ventanilla virtual»: La solicitud se realiza a través de su cuenta de “usuario suscripto” en formato electrónico, allí carga saldo y el organismo responde con firma digital en ese mismo sitio. Esta modalidad no abona formulario.

Se encuentran habilitados los siguientes servicios, conforme el interés legítimo:

Publicidad sobre inmuebles, tanto para matriculados como no matriculados, de los siguientes trámites:

  1. Certificado de dominio.
  2. Informe de dominio.
  3. Copia de dominio.

Publicidad sobre personas:

  1. Certificado de anotaciones personales.
  2. Informe de anotaciones personales.
  3. Consulta al índice de Titulares.

Si aún no tiene habilitada su cuenta de usuario suscripto, concurra a su colegio profesional donde le darán un pin de seguridad para el primer ingreso.


Fuente: RPI