Este tipo de sociedad, que no reporta consecuencias fiscales, consiste en un convenio entre dos o más Abogados -que solo tendrá efectos una vez que se inscriba en la Caja-, mediante el cual, los aportes generados por cada uno de
ellos se distribuirá en sus respectivas cuentas previsionales según los porcentajes acordados.
Lea aquí este importante Reglamento de la Caja: Sociedades de Aportes
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