Importante información para Asesores y Defensores Ad Hoc
Debe considerarse la fecha de regulación, conforme lo establecido en el fallo Bianco, causa N° 124105, de la SCBA.
• Si la sentencia tiene fecha de regulación del 17/03/2025 o anterior, y no indica expresamente “más los aportes de ley”, entonces, si el abogado los solicita, el Ministerio Público marcará inconsistencia, ya que dichos aportes no fueron regulados. Si dicha sentencia no indica que debe abonarse aportes, no hay forma de incorporar los mismos al pedido de honorarios.
• En cambio, si la fecha de regulación es del 18/03/2025 en adelante, y la sentencia no menciona “más los aportes de ley” pero el abogado los solicita al Juzgado de Paz (invocando el fallo «Bianco»), el Juzgado de Paz debe mencionarlo expresamente en el auto ampliatorio, y luego el abogado pedir pago de honorarios más aportes, y oportunamente incorporarlos a la factura.