Por resolución Nro. 3138/13 de la Suprema Corte, ya se puede pedir los saldos de las cuentas judiciales directamente en el organismo judicial, en forma gratuita, y sin oficio judicial al banco.
Resolución 3138/13
La Plata, 27 de noviembre de 2013.
VISTO: Lo dispuesto por Resoluciones Nros. 2069/11 y
3864/11, mediante las cuales se instrumentaran el uso de las comunicaciones por vía
electrónica entre los distintos organismos de la administración de justicia y el Banco
de la Provincia de Buenos Aires, respecto a la remisión de solicitudes de apertura de
cuentas judiciales, libramientos de giros bancarios, transferencias bancarias y
pedidos de informes de saldos de las cuentas respectivas.
Y CONSIDERANDO: Que con el fin de asegurar una mejor y
más eficiente prestación de servicio en el marco de la implementación del sistema
referido, se efectuaron gestiones con el Banco, con la intervención de la
Subsecretaría de Tecnología Informática, con la finalidad de desarrollar un aplicativo
para la consulta de saldos de las cuentas bancarias, que posibilitará acceder a la
información a través del sitio WEB de la Suprema Corte de Justicia y obtener el
importe respectivo en forma inmediata.
Que es importante señalar, que la mayor cantidad de
comunicaciones electrónicas realizadas al Banco de la Provincia de Buenos Aires,
corresponden a pedidos de saldos de cuentas bancarias de los organismos
jurisdiccionales, generando demoras al momento de brindar las respuestas y
concretar los informes, estimándose –en consecuencia- necesaria la utilización del
nuevo aplicativo diseñado por la Subsecretaría, que redundará en una significativa
reducción de los tiempos de tramitación de las consultas, permitiendo a los
autorizados, acceder al saldo directamente.
Que en virtud de lo expuesto y en función de lo informado por
la Subsecretaría de Tecnología Informática, deviene pertinente proceder a aprobar la
utilización del sistema aquí expresado, considerando al efecto las herramientas y
procedimientos descriptos por las Resoluciones nros.2069/11 y 3864/11.
POR ELLO, la Suprema Corte de Justicia en ejercicio de sus
atribuciones,
R E S U E L V E
Artículo 1°: Aprobar el uso del aplicativo WEB desarrollado por la
Subsecretaría de Tecnología Informática (Conf. Res. 2069/11 y 3864/11), a los
efectos de acceder a los saldos de cuentas judiciales abiertas en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, desde los organismos jurisdiccionales de la
Administración de Justicia.
Artículo 2°: Encomendar a la dependencia referida la instrumentación
del procedimiento, determinando las especificaciones técnicas correspondiente y
adoptando los recaudos adecuados para el correcto uso y funcionamiento del
aplicativo.
Artículo 3°: Delegar en la Presidencia del Tribunal la fecha de
efectiva la utilización del aplicativo.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese y publíquese.
Fdo. Dres. HECTOR NEGRI, DANIEL FERNANDO SORIA, JUAN CARLOS
HITTERS, LUIS ESTEBAN GENOUD, HILDA KOGAN, EDUARDO JULIO
PETTIGIANI, EDUARDO NESTOR de LAZZARI. Ante mí, Lic. NESTOR TRABUCCO
Fuente: cadjm