Como se informara hace poco tiempo atrás y para dar comienzo con este gran avance tecnológico que posibilitará que los abogados realicen casi toda la tarea “tribunalicia” desde su estudio, el 5 de mayo visitaron el Colegio a efectos de dar una charla informativa miembros del Departamento de Informática de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
Luego de dicha charla el Colegio realizó toda la preparación informática para cumplir con su rol de Autoridad de Registro para Presentaciones y Notificaciones Electrónicas, por medio de la cual da la validación última del abogado matriculado que adhiera al sistema. Concluido ello se entabló contacto con los Juzgados que estaban más avanzados en el sistema, lográndose la adhesión de los Juzgados en lo Civil y Comercial No 6 y No 10. La prueba piloto se realizó en el Juzgado Civil y Comercial No 6 y sobre un expediente en trámite el día 26 de mayo de 2014, habiendo dado resultados satisfactorios. Por ello, el Consejo Directivo, en su reunión de fecha 18 de junio de 2014, resolvió universalizar este sistema que constituye un gran servicio al matriculado.
Se pone de resalto que por el momento la adhesión al sistema es VOLUNTARIA, y que se sugiere que dicha adhesión, hasta tanto se pruebe el sistema, lo sea solo para PRESENTACIONES ELECTRONICAS y no para Notificaciones Electrónicas (aún cuando la decisión definitiva queda en cabeza del matriculado). El adherir al sistema de Presentaciones Electrónicas permitirá al matriculado (actuando como apoderado o por propio derecho -atento a que aún el sistema no contempla los escritos con patrocinio-) confeccionar los escritos en cualquier computadora y presentarlos vía web en el Juzgado, obviamente debiendo contar para ello con “firma digital”.
Pese a la exitosa prueba producida desde el Colegio, se han podido constatar a lo largo de la tarea realizada los siguientes problemas:
-Los Drivers de los Token que están publicados en el sitio web de la SCJBA están desactualizados, lo que causa serios problemas a la hora del cambio de las claves que vienen con el Token por defecto, por lo que se deberá requerir de la empresa donde se adquiera el Token que provea los drivers actualizados.
-A veces al cargar los datos en el sistema no se le pide al abogado en ningún momento que coloque el Token -para que quede allí registrada la firma digital-, con lo cual la firma digital queda registrada en la PC donde se está haciendo el trámite de registro, y así sólo podrá trabajarse en presentaciones electrónicas en esa PC y no en otra, por lo que deberá prestarse atención al hacer la carga de datos siguiendo el instructivo pertinente, que se solicite la colocación del Token cuando el instructivo así lo indica.
-Los horarios de salida de los escritos y los que figuran en el Juzgado muchas veces no coinciden, y si bien en el caso de prueba era de horario posterior el de salida que el de entrada (o sea que beneficiaba al letrado), se estima que podría ser a la inversa con grave daño a la confiabilidad en caso de escritos con vencimiento, por lo que se solicita desde ya a los letrados que controlen esto y que informen tanto al Juzgado como al Colegio cualquier falta de concordancia.
-Se solicita a los señores matriculados consideración con los Juzgados en los primeros tiempos ya que se trata de una prueba piloto, donde todos estamos aprendiendo el nuevo sistema, a lo que se suma que los Juzgados podrían llegar a tener problemas con la provisión de hojas, toner, impresoras, etc, (ya que por ahora las presentaciones electrónicas deben ser impresas por los Juzgados) pues para el caso de utilización masiva del sistema se prevé que pueda resentirse por estas cuestiones “materiales”.
-Si bien en la MEV se refleja como presentado el escrito electrónico, no aparece el texto del mismo (aparece la leyenda de “texto inexistente”), con lo cual dificulta que el abogado de la otra parte pueda saber el por qué del proveído que le sigue a la presentación electrónica, y así -por el momento- no se cumple con uno de los fines del sistema que es el ir hacia el expediente digital.

  Hechas estas salvedades se pasa a dar las instrucciones generales para aquellos letrados que deseen adherir voluntariamente e incursionar en este nuevo sistema que seguramente en breve será obligatorio con miras a pasar del expediente papel al expediente digital:

1.- El letrado deberá poseer, antes del inicio de la Solicitud de Certificado Digital, un Token (el cual es personal, similar a un Pen Drive, y donde el letrado portará su “firma digital” para utilizar en cualquier computadora desde la cual desee realizar presentaciones electrónicas). Se recuerda que el Token es personal de cada letrado, que no puede ser compartido, que sólo puede ser uno por letrado, y que si se pierde debe darse inmediatamente de baja, debiendo el letrado adquirir uno nuevo.
Los Token homologados por la Subsecretaría de Tecnología Informática de la SCJBA son los siguientes:

Athena ID Protect –Proveedor MACROSEGURIDAD – Sitio www.macroseguridad.net

Safenet eToken Pro 72K Java –Proveedor SITEPRO S.A. – Sitio www.sitepro.com.ar

  El letrado deberá elegir cualquiera de las dos empresas. La adquisición del Token y su costo queda en cabeza del letrado, quien deberá estimar un costo aproximado a los u$s 70.

2.-Una vez en posesión del Token el letrado deberá ingresar a la página del COLPROBA www.colproba.org.ar, Firma Electrónica, y descargar el Instructivo para la gestión del Certificado de Firma Digital. Luego de ello deberá seguir las instrucciones de la Guía Solicitud de Certificado Digital para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.

3.-Completado este trámite de gestión del Certificado Digital el letrado se deberá presentar en este Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes (quien actuará como Autoridad de Registro) munido de DNI, a fin de solicitar la Aprobación y Generación del Certificado. Si todo estuviese en orden el Oficial de Registro procederá a aprobar el certificado digital, tras lo cual el letrado recibirá un correo electrónico para la descarga del certificado a su Token. Luego de ello quedará habilitado para las presentaciones (y eventualmente notificaciones) electrónicas.
El letrado debe tener presente que en el primer escrito que presente por esta vía debe manifestar que se adhiere expresamente a las presentaciones electrónicas (y eventualmente a criterio del letrado a las notificaciones electrónicas) de acuerdo con lo dispuesto en el art. 8 de la Resolución 1827/12 de la SCJBA.

  Rogamos a los letrados armarse de paciencia y eventualmente consultar con su técnico informático para llegar a buen puerto con esta gestión de solicitud de Certificado Digital. Por las pruebas ya realizadas se puede decir que luego del engorroso pero necesario trámite de solicitud por el tema seguridad, el sistema es muy amigable y simple
  El soporte del sistema de firma digital (por cualquier consulta que se quiera realizar mientras se gestiona la misma) puede consultarse de lunes a viernes de 8 a 19 hs al 0810-4447222.
  No duden en contactarse con el Colegio por cualquier duda que les surja.
           No resta más que alentarlos (especialmente a los jóvenes abogados) a que adhieran a este sistema, atento a que no hay dudas que el expediente digital comienza a ser una realidad, y que más pronto que tarde será obligatorio.

La base normativa que se recomienda consultar es la siguiente:
-Ley 13666.
-Decreto reglamentario 305/12.
-Acordada SCJBA 3540/11.
-Resolución SCJBA 1827/12


Fuente: CADJM