La Plata, 6 de diciembre de 2022
Al SR. PRESIDENTE DEL
COLEGIO DE ABOGADOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle que por RN N° 27/2022 se estableció la suspensión
de expedición de trámites derivados de la Ley N° 10707 y modificatorias en el ámbito de la
Gerencia General de Catastro y Geodesia y sus dependencias, desde el día 26 de diciembre de
2022 y hasta el día 13 de enero de 2023, ambos inclusive.
La suspensión prevista en este artículo no alcanzará a los siguientes trámites:
– Solicitud de autorización de inscripción de documentos relativos al cumplimiento del
artículo 6° del Decreto N° 2489/1963;
– Constatación de estado constructivo a efectos de revalidar el mencionado
otorgamiento de autorización del artículo 6° del Decreto N° 2489/1963;
– Constitución de Estado Parcelario sin modificación en formato papel;
– Actualización de la Valuación fiscal (artículo 8° de la Disposición N° 2010/1994) sin
modificación;
– Subsistencia del Estado Parcelario;
– Solicitud de Valuación Fiscal ingresada durante el año 2022;
– Visación de Propiedad Horizontal de Circular N° 10/1958 de la Comisión Coordinadora
Permanente;
– Proyecto de Planos de Propiedad Horizontal;
– Aprobación de Planos de Propiedad Horizontal;
– Aprobación de Planos de Propiedad Horizontal Especial;
– Aprobación de Planos de Mensura de Tierra;
– Registración de Planos de Mensura para Afectación;
– Registración de Planos de Mensura para Servidumbre;
– Certificados Catastrales solicitados durante el año 2022, con excepción de los
solicitados para inscripción de Reglamento de Propiedad Horizontal, siempre que se encuentre
vigente el estado parcelario para el inmueble de que se trate, en los términos del artículo 15 de
la Ley Nº 10707 y modificatorias;
– Aprobación de georreferenciaciones;
– Solicitud de valor tierra urbana;
– Solicitud de valor tierra rural;
– Solicitud de copias de planos previstas en el inciso 5) del artículo 71 de la Ley N° 15311
(Impositiva para el ejercicio fiscal 2022) y concordante de la Ley Impositiva para el
ejercicio fiscal 2023;
-Tasación.
Para los trámites de registración de Legajos Parcelarios, cuando el cierre de la base de
datos inmobiliaria impida la respectiva registración de las novedades, se procederá a la
devolución de la documentación presentada a los fines de su actualización y posterior reingreso.
Adicionalmente, la norma establece la extensión (hasta el 31 de enero de 2023
inclusive), de la validez de los certificados catastrales solicitados durante el mes de diciembre de
2022, con la valuación fiscal vigente durante dicho año, a fin de que los Escribanos Públicos
puedan cumplir con las obligaciones que les corresponden como agentes de recaudación del
Impuesto de Sellos.
NOTA 31/2022
GERENCIA GENERAL DE CATASTRO Y GEODESIA


Fuente: CADJMercedes