Como es de conocimiento de los señores matriculados, en razón de lo dispuesto por los arts. 64 y 64 bis de la ley 10149, el patrocinio o representación en juicio ante los Tribunales de Trabajo de los trabajadores que concurran a las Delegaciones del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires y así lo soliciten, debe ser efectuado por profesionales desinsaculados de una lista que, a tales efectos, se confeccionará en el Colegio de Abogados Departamental correspondiente, constituyendo los abogados inscriptos, domicilio en las ciudades cabeceras de las distintas Delegaciones Regionales en que deseen desempeñar tales funciones. Los letrados que ejerzan el patrocinio jurídico gratuito, tendrán derecho a percibir honorarios cuando la parte vencida en juicio sea el empleador.

Por lo expuesto, y habiendo considerado el Consejo Directivo del Colegio que el cumplimiento de esta ley redundará en beneficio de la incumbencia profesional y del acceso al trabajo del profesional en actividad de ejercicio, se ha resuelto llamar a inscripción a los matriculados en este Colegio que deseen ser inscriptos en el listado descripto, el cual será luego será elevado a las autoridades pertinentes del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.

La “Solicitud de Inscripción en el listado de abogados arts. 64 y 64 bis ley 10149” podrá descargarse para ser completado ingresando al sitio web del Colegio www.camercedes.org.ar, luego a la pestaña MATRICULADOS, luego a Formularios, y allí seleccionar en Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mercedes “Solicitud de Inscripción en el listado de abogados arts. 64 y 64 bis ley 10149”.

Una vez completa la solicitud favor presentarla en la Mesa de Entradas de la Sede Central del Colegio, calle 24 No 705, 2do Piso, de Mercedes.

 


Fuente: CADJM