Si usted no figura en el general o adicional, o considera que hay inclusiones indebidas, y estima que ello es un error, favor realizar el reclamo correspondiente a gerente@camercedes.org.ar
Si usted no figura en los mismos o considera que hay inclusiones indebidas, y estima que ello es un error, favor realizar el reclamo correspondiente a gerente@camercedes.org.ar
Recuerde lo dispuesto por los arts. 109 y 110 del Reglamento de Funcionamiento de los Colegios Departamentales:
ARTICULO 109°: El padrón será puesto a disposición de los colegiados durante diez (10) días, contados a partir del tercer día hábil subsiguiente al 15 de abril, en el local del Colegio de Abogados.
ARTICULO 110°: Dentro del plazo fijado en el artículo anterior podrán efectuarse observaciones al padrón, por omisiones o inclusiones indebidas.
A los fines de la elección de Directores y Revisores de Cuentas para la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, también se publica el padrón de jubilados habilitados para votar candidatos a ocupar esos cargos: