Se refiere a la notificacion de autos en los términos del art. 270
Ha comunicado la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial departamental que por Acuerdo Extraordinario de fecha 5 de mayo ha resuelto que “…. A partir del día 01 de Agosto de 2011, la providencia que se dicte por la Presidencia de esta Alzada llamando “Autos en los términos del art. 270 del C.P.C.”, pasarán a notificarse por nota en los términos del art. 133 del C.P.C…..”