-Se rehabilitan los servicios de publicidad de tipo “Urgente” para la expedición de Certificados de dominio inmuebles no matriculados.
-No obligatoriedad de la solicitud de turnos web para la atención de consultas en el Sector Consultoría y Orientación Registral.
*Se rehabilitan los servicios de publicidad de tipo “Urgente” para la expedición de Certificados de dominio inmuebles no matriculados; y Copias de dominio inmuebles no matriculados – Ley 2.378, dando plena operatividad al artículo 46 – Ap 2) de la DTR N° 1/2019.
*No obligatoriedad de la solicitud de turnos web para la atención de consultas en el Sector Consultoría y Orientación Registral.