Registre sus poderes y evite presentarlos en forma permanente.
Como un servicio más al matriculado, respondiendo a una necesidad de aquellos abogados apoderados que habitualmente se presentan a audiencias de Mediación, el Consejo Directivo del Colegio habilitó a partir del 1 de diciembre de 2014 un LIBRO DE REGISTRO DE PODERES donde los abogados apoderados podrán registrar sus poderes (como se hace ante el Ministerio de Trabajo) para luego simplemente invocar en la audiencia de Mediación el número de Registro. Se evita así el engorroso trámite de acompañar poderes muchas veces sumamente voluminosos, que exigen al letrado dispendio de tiempo en la obtención de las copias, y dispendio económico.
Por supuesto el letrado será el responsable de prestar juramento sobre vigencia del apoderamiento a la hora de la audiencia.
El Registro obra en la Sede Mediación de calle 28 No 661, donde los abogados interesados pueden registrar sus poderes, y los Mediadores consultar los mismos.