Ir a buscador de jurisprudencia

19 de junio de 2024

Regulación de honorarios cuidado personal y régimen de comunicación

CUIDADO PERSONAL Y REGIMEN DE COMUNICACIÓN – ACUMULACION DE ACCIONES – REGULACION DE HONORARIOS POR SEPARADO – SALA III

La Sala III de la Cámara Civil y Comercial entendió que presentándose en el caso diferentes pretensiones y siendo cada una de ellas acciones individuales o autónomas, debían dosificarse los honorarios del letrado apelante por separado. Recordó que “Si en un juicio se hubieren acumulado acciones o deducido reconvención, se regularán por separado los honorarios que correspondan a cada una”. (art. 26 ley 14967)