09 de septiembre de 2024
Presidencia dispuso conceder «libremente» el recurso de apelación interpuesto, en atención a lo dispuesto en el art. 271 «último párrafo» del ritual y la Sala III resolviendo recurso de revocatoria fija el plazo de cinco días para que el recurrente en caso de estimarlo, ejerza las facultades consagradas en el art. 255 del ritual.