21 de junio de 2024
NOTIFICACION CORRESPONDIENTE AL ART. 80 DEL C.P.C.C. EN DOMICILIOS CONSTITUIDOS EN EL REGISTRO DE DOMICILIOS ELECTRONICOS DE LA S.C.B.A.
En un reciente pronunciamiento, la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Deptal, revocó la decisión de primera instancia que había rechazado el pedido de la parte actora de notificar a la Cía de Seguros en su domicilio electrónico.