Mercedes (B), 14 de agosto de 2014.

Señor Presidente del
Colegio de Abogados del
Departamento Judicial Mercedes
Dr.Mateo Laborde
Su despacho.

De mi mayor consideración :

Invitamos  a Usted, y por su intermedio a los matriculados de su Colegio,  a una  jornada de ACTUALIZACION LABORAL, que se llevará a cabo el día miércoles 20 de agosto del presente , en la Delegación Mercedes del Consejo Profesional de Ciencias Económicas Pcia. de Bs. As. (Calle 26 n° 684 – Mercedes Bs As) , a cargo del Dr. Abogado GUSTAVO SEGU,   en el horario de 17 a 21 hs.

El costo de la Jornada  : es de  $200,00 .

El pago sólo puede efectuarse en efectivo ó cheque al día .

Detallo el temario que se abordará :

TEMARIO MERCEDES 20 DE AGOSTO

1.- NUEVA LEY DE PROMOCIÓN DEL TRABAJO REGISTRADO Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE LABORAL. REGISTRO DE EMPLEADORES CON SANCIONES LABORALES. NUEVOS REGIMENES DE REDUCCIÓN DE CONTRIBUCIONES PATRONALES. ANALISIS DETALLADO DE LA NORMA
Titulo II: Creación del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL). Sujetos comprendidos. Sanciones firmes susceptibles de inclusión en el registro. Alcances y efectos de la inclusión para el empleador. Operatividad del Registro. Situación en del empleador en caso de reincidencia en la inclusión en el Registro.
Título II:Nuevos regímenes de reducción de contribuciones patronales. a) Régimen de Promoción Permanente para microempleadores. Sujetos comprendidos. Reducción de contribuciones patronales. Limite de facturación. b) Régimen de Promoción de la Contratación de Trabajo Registrado. Sujetos comprendidos. Reducción de contribuciones patronales. Nómina base. Causales de exclusión del régimen. Causales de pérdida del beneficio. Efectos para el empleador.

2.- REGIMEN GENERAL DE SANCIONES POR INFRACCIONES LABORALES. NUEVA LEY 26941
Modificación al régimen general de sanciones por infracciones laborales aplicado por el Ministerio de Trabajo, establecido en el Anexo II de la ley 25212

3.- EMPLEADOS DE CASAS PARTICULARES. REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 26844. D. 467/2014
Facultades conferidasa la AFIP y al Ministerio de Trabajo. Contrato de trabajo eventual y de temporada. Período de prueba. Aplicabilidad. Trabajo de adolescentes. Derechos y deberes de las partes. Distribución horaria. Bancarización del trabajador. Situaciones y opción. Vacaciones. Riesgos del trabajo. Repaso del régimen establecido por la Ley 26844.

Saludo a Usted muy cordialmente.

Dr. Julio Daniel Tassara
Delegado Presidente

Dlg. Mercedes – CPCEPBA


Fuente: Consejo Ciencias Económicas