EL BENEFICIO VENCE EL 30 DE ABRIL Y SOLO SE CONCEDE FRENTE AL PAGO TOTAL DE LA DEUDA
Se ampliaron los medios para ayudar al matriculado a que no se mueva de su ciudad.
1- Pago de la primera cuota de matrícula de 2020, hasta el 1 de enero de 2021 con condonación de intereses punitorios.
2- Cálculo para el pago de la primera cuota al valor del jus arancelario Ley Nº 14.967 de $ 1.716 (fijado por la SCJBA Acordada Nº 3953, del 2/10/2019).
3- Pago segunda cuota con vencimiento el 30 de junio de 2020, así como para el pago íntegro de la matrícula anual antes de esa fecha, también al valor del jus arancelario Ley Nº 14.967 de $ 1.716 (fijado por la SCJBA Acordada Nº 3953, del 2/10/2019).
También congela el valor del Bono Ley 8480. Ya puede abonarse la cuota anual o la primera cuota de matrícula, y deudas anteriores, con esos beneficios. Ingrese y sepa cómo hacerlo.
Será el 30 de abril de 2020